30 de enero 2013

Categorías: Sostenibilidad financiera

Resolución Presidencial Nº 016-2013-SERNANP

Aceptan donación efectuada por empresa a favor del SERNANP para la ejecución del Proyecto “Manejo de Bofedales en la Reserva Nacional de Salinas y Aguada Blanca y su zona de amortiguamiento”

Aceptan donación efectuada por empresa a favor del SERNANP para la ejecución del Proyecto “Manejo de Bofedales en la Reserva Nacional de Salinas y Aguada Blanca y su zona de amortiguamiento”

 

RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL

Nº 016-2013-SERNANP

 

Lima, 30 de enero de 2013

VISTO:

 

El Memorándum Nº 048-2013-SERNANP-OA, de fecha 21 de enero del 2013, de la Oficina de Administración, el Informe Nº 16-2013-SERNANP-OA-UOFT, de fecha 17 de enero del 2013, de la Unidad Operativa Funcional de Tesorería, y el Informe Nº 26-2013-SERNANP-OPP, de fecha 28 de enero del 2013, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y;

 

CONSIDERANDO:

 

Que, mediante Ley Nº 29951, se aprobó el Presupuesto para el Sector Público correspondiente al Año Fiscal 2013;

 

Que, por Resolución Presidencial Nº 235-2012-SERNANP, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) de Ingresos y Egresos del Pliego 050 – Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SERNANP, para el Año Fiscal 2013;

 

Que, en el marco del artículo 17º de la Ley 26834 – Ley de Áreas Naturales Protegidas, por el cual el Estado reconoce y promueve la participación privada en la Gestión de su administración, la empresa Minera Xstrata Tintaya, dentro de sus estándares de Desarrollo Sostenible, suscribe un convenio de cooperación Interinstitucional, para apoyar el Proyecto “Manejo de Bofedales en la Reserva Nacional de Salinas y Aguada Blanca y su zona de amortiguamiento”.

 

Que, los compromisos asumidos por parte de la Empresa Minera Xstrata Tintaya S.A., están vinculados a una contribución económica que permita llevar adelante el Proyecto “Manejo de Bofedales en la Reserva Nacional de Salinas y Aguada Blanca y su zona de amortiguamiento”.

 

Que, mediante Carta GGALPDOS – 173/12, la Empresa Minera Xstrata Tintaya, comunica al SERNANP, una transferencia de S/. 259,300.00 (Doscientos Cincuenta y Nueve Mil Trescientos y 00/ 100 Nuevos Soles); en el marco del Proyecto “Manejo de Bofedales en la Reserva Nacional de Salinas y Aguada Blanca y su zona de amortiguamiento”

 

Que, Mediante Memorándum Nº 048 -2013-SERNANPOA, la Oficina de Administración del SERNANP, comunica el saldo en la cuenta corriente Nº 877816, por lo que solicita su incorporación al Presupuesto Institucional del SERNANP

 

Que, en el marco de lo indicado en los considerandos precedentes, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, a través del Informe Nº 26-2013-SERNANP-OPP, establece que es procedente aceptar la donación proveniente de la Fundación Cooperación Internacional;

 

Que, de conformidad a lo señalado en el Artículo 69º de la Ley 28411- Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece lo siguiente: “Las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, públicas o privadas, diferentes a las provenientes de los convenios de cooperación técnica no reembolsable, serán aprobadas por Resolución del Titular de la Entidad o Acuerdo de Consejo en el caso de los Gobiernos Regionales y de Concejo Municipal en el caso de los Gobiernos Locales, consignando la fuente donante y el destino de estos fondos públicos.”

 

En uso de las facultades conferidas en el Artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del SERNANP, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2008-MINAM.

 

SE RESUELVE:

 

Artículo 1º.- Objeto

Aceptar la donación dineraria efectuada por la Empresa Minera Xstrata Tintaya, hasta por un monto de S/. 259,300.00 (Doscientos Cincuenta y Nueve Mil Trescientos y 00/ 100 Nuevos Soles), a favor de la Unidad Ejecutora 001 – Administración- SERNANP, Pliego 050: Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SERNANP, para la ejecución del Proyecto “Manejo de Bofedales en la Reserva Nacional de Salinas y Aguada Blanca y su zona de amortiguamiento”.

 

Artículo 2º.- Codificación

La presente Resolución, deberá ser notificada a la Empresa Minera Xstrata Tintaya S.A., Ministerio de Economía y Finanzas, Congreso de la República, y Contraloría General de la República, en un plazo no mayor de cinco (05) días hábiles posteriores de emitida y publicada en el Diario Oficial el Peruano, así como en el portal institucional del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas del Estado – SERNANP (www.sernanp.gob.pe).

 

Regístrese y comuníquese.

PEDRO GAMBOA MOQUILLAZA

Jefe

Resolución Presidencial Nº 016-2013-SERNANP

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