26 de noviembre 2014

Categorías: Aprovechamiento de recursos naturales, Parques Nacionales

Resolución Presidencial N° 290-2014-SERNANP

Aprueban el Plan Maestro, período 2014-2019, del Parque Nacional Güeppi-Sekime

Aprueban el Plan Maestro, período 2014-2019, del Parque Nacional Güeppi-Sekime
RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL N° 290-2014-SERNANP

Lima, 20 de noviembre de 2014

VISTO:

El Informe N° 1062-2014-SERNANP-DDE, de fecha 13 de noviembre de 2014, mediante el cual la Dirección de Desarrollo Estratégico, emite su conformidad a la propuesta de actualización del Plan Maestro del Parque Nacional Gueppi-Sekime, periodo 2014-2019.

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 68° de la Constitución Política del Perú establece que es obligación del Estado promover la conservación de la diversidad biológica y de las Áreas naturales Protegidas;

Que, a través del numeral 2 de la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Ambiente, se crea el Servicio de Áreas Naturales Protegidas por El Estado – SERNANP, el mismo que se constituye en el ente rector del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por El Estado – SINANPE, y en su autoridad técnico-normativa;

Que, mediante Decreto Supremo N° 006-2012-MINAM, se establece el Parque Nacional Gueppi-Sekime, sobre la supericie de 203,628.51 ha; ubicado en los distritos de Teniente Manuel Clavero y Torres Causana de la provincia de Maynas del departamento de Loreto;

Que, de conformidad con el literal g) del artículo 8° de la Ley N° 26834, Ley de Áreas Naturales Protegidas, es función del SERNANP, aprobar los Planes Maestros de las Áreas Naturales Protegidas;

Que, el artículo 18° de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, establece que las Áreas Naturales Protegidas contarán con documentos de planificación de carácter general y específico, por tipo de recurso y actividad, aprobados por el SERNANP con la participación de los sectores competentes correspondientes, los mismos que una vez aprobados constituyen normas de observancia obligatoria para cualquier actividad que se desarrolle dentro del Área;

Que, el artículo 20° de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, establece que la Autoridad Nacional aprobará un Plan Maestro por cada Área Natural Protegida, el mismo que constituye el documento de planificación de más alto nivel con el que cuenta cada Área Natural Protegida, y que deberá ser elaborado bajo procesos participativos, y revisado cada cinco (5) años; Que, el numeral 5 del artículo 1° del Decreto Supremo N° 008-2009-MINAM que estableció “Disposiciones para la elaboración de los Planes Maestros de las Áreas Naturales Protegidas” precisa que el proceso de elaboración de los Planes Maestros y en particular su zonificación, debe obligatoriamente considerar que el establecimiento de las Áreas Naturales Protegidas no tiene efectos retroactivos ni afecta los derechos adquiridos con anterioridad a la creación de las mismas;

Que, mediante Resolución Directoral N° 20- 2013-SERNANP-DDE de fecha 18 de junio del 2013, se aprueban los Términos de Referencia para la elaboración del Plan Maestro del Parque Nacional Güeppi-Sekime, modiicando los mismo con Resolución Directoral N° 10-2014-SERNANP-DDE de fecha 17 de marzo del 2014.

Que, mediante Resolución Presidencial N° 049- 2014-SERNANP de fecha 19 de febrero del año 2014, se aprobaron las “Disposiciones Complementarias al Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, en materia de Planes Maestros de Áreas Naturales Protegidas de administración nacional”;

Que, el Informe del visto concluye que la propuesta de Plan Maestro del Parque Nacional Gueppi-Sekime, periodo 2014-2019, ha sido elaborada en cumplimiento de lo regulado en la Ley de Áreas Naturales Protegidas, su Reglamento y en los Términos de Referencia modiicados por Resolución Directoral N° 10-2014-SERNANP-DDE;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 369-2014- MINAM del 31 de octubre del 2014, se autoriza el viaje al exterior del Jefe del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado-SERNANP del 12 al 20 de noviembre, por lo que se encarga la jefatura de la entidad al Dr. Rodolfo Valcarcel Riva, en tanto dure la ausencia de su titular;

Con las visaciones de la Oicina de Asesoría Jurídica, de la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas, de la Dirección de Desarrollo Estratégico, y de la Secretaría General, y;

De conformidad con las atribuciones conferidas en el literal m) del artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones del SERNANP, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2008-MINAM.

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar el Plan Maestro, período 2014-2019, del Parque Nacional Güeppi-Sekime, como documento de planiicación de más alto nivel de la referida Área Natural Protegida, cuyo texto consta en el Anexo 1, el cual forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Encargar a la Jefatura del Parque Nacional Güeppi-Sekime, velar por la implementación del referido Plan Maestro.

Artículo 3°.- Publicar la presente Resolución en el Diario Oicial El Peruano, así como en el Portal Institucional del SERNANP: www.sernanp.gob.pe, en el que además deberá publicarse el texto del Plan Maestro. Regístrese y comuníquese.

RODOLFO MARTÍN VALCÁRCEL RIVA

Jefe (e)

1175855-1

Resolución Presidencial N° 290-2014-SERNANP

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