14 de octubre 2010

Categorías: Sostenibilidad financiera

Resolución Presidencial Nº 197-2010-SERNANP

Autorizan incorporan mayores fondos públicos al presupuesto del SERNANP

16 de octubre de 2010

Autorizan incorporar mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SERNANP

RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL Nº 197-2010-SERNANP 

Lima, 14 de octubre de 2010

VISTO:

 

El Oficio Nº 784-2010-SERNANP-OA de fecha 19 de agosto del 2010 de la Oficina de Administración, mediante el cual solicita a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto se incorpore al presupuesto institucional la cantidad de $ 119,331.30 (Ciento Diecinueve Mil Trescientos Treinta y Uno y 30/100 dólares americanos), S/. 336,753.00 (Trescientos Treinta y Seis Mil Setecientos Cincuenta y Tres y 00/100 nuevos soles) al tipo de cambio de S/. 2.822 y por redondeo) correspondiente al primer desembolso de la ejecución del Convenio de Cofinanciamiento suscrito entre la Secretaria General de la Comunidad Andina – CAN y el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SERNANP, para el año 2010;

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante Ley Nº 29465, se aprobó el Presupuesto para el Sector Público correspondiente al Año Fiscal 2010;

Que, con Resolución Presidencial Nº 228-2009-SERNANP, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) de Ingresos y Egresos del Pliego 050: Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SERNANP, para el Año Fiscal 2010;

Que, con fecha 4 de junio del presente el SERNANP suscribió con la Secretaría General de la CAN el Convenio de Cofinanciamiento para la ejecución del Plan de Trabajo que establece las condiciones de la participación del SERNANP, en el “Programa Conservación y Uso Sostenible de la Biodiversidad asociada a los caminos ancestrales andinos”. En el Perú dicho convenio se ejecutará en las Áreas Naturales Protegidas: Parque Nacional Huascarán y Reserva Paisajística Nor Yauyos Cochas;

Que, mediante dicho convenio, la Secretaria General de la CAN se compromete a aportar el monto de hasta US $ 216,966.00 (Doscientos Dieciséis Mil Novecientos Sesenta y Seis y 00/100 dólares americanos), en calidad de cooperación técnica no reembolsable; cantidad que será abonada en cuatro cuotas;

Que, en mérito de la ejecución de los términos suscritos en el Convenio, materia de análisis, la Secretaria General de la CAN ha efectuado el desembolso de la primera cuota por un monto de US $ 119,331.30 dólares americanos (Ciento Diecinueve Mil Trescientos Treinta y Uno y 30/100 dólares americanos) S/. 336,753.00 (Trescientos Treinta y Seis Mil Setecientos Cincuenta y Tres y 00/100 nuevos soles), al tipo de cambio de S/. 2.822 y por redondeo); tal como consta en las Notas de Abono, signadas con los códigos: 1131 EF03 190033, 1131 EF03 190126 y 1131 EF03 190203; y, de los cuales US $ 62,580.6 serán destinados al Parque Nacional Huascarán, y US $ 56,750.7 a la Reserva Paisajística Nor Yauyos Cochas;

Que, por otro lado, el literal a) del numeral 42.1 del artículo 42 de la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que las incorporaciones de mayores fondos públicos que se generen como consecuencia de la percepción de determinados ingresos no previstos o superiores a los contemplados en el presupuesto Inicial, son aprobados mediante resolución del Titular de la Entidad cuando provienen de las fuentes de financiamiento distintas a los Recursos Ordinarios y Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito que se produzcan durante el año fiscal;

Que, el inciso ii, del numeral 2.1, del artículo 2, de las Disposiciones Especiales para la ejecución presupuestaria de los Pliegos del Gobierno Nacional de la Directiva para la Ejecución Presupuestaria, Directiva Nº 005-2009-EF/76.01, señala que: La incorporación de mayores fondos públicos establecidos en el numeral 42.1 del artículo 42 de la Ley General procede, entre otros casos, cuando se trate de los recursos provenientes de […] donaciones y transferencias;

Que, con fecha 11 de mayo del presente año fue publicado en el Diario Oficial El Peruano el Decreto de Urgencia Nº 037-2010, que Establece Medidas en Materia Económica y Financiera en los Pliegos del Gobierno Nacional para el Cumplimiento de las Metas Fiscales del Año Fiscal 2010. Al respecto, dicha norma expresa en el numeral 6.2, de su artículo 6, que no están comprendidas en el citado Decreto de Urgencia, las donaciones provenientes de cooperación técnica no reembolsable;

Que, mediante el Informe Nº 189-2010-SERNANP-OPP, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto emite opinión técnica favorable respecto a la incorporación de los recursos provenientes del primer desembolso de la ejecución del Convenio de Cofinanciamiento entre el SERNANP y la Secretaria General de la CAN en el Presupuesto Institucional, en la Fuente de Financiamiento 4: Donaciones y Transferencias, señalando que dicha incorporación no se halla comprendida dentro de los alcances del Decreto de Urgencia por tratarse de cooperación técnica no reembolsable;

 

En uso de las facultades conferidas en el Artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del SERNANP, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2008-MINAM.

 

SE RESUELVE:

 

Artículo 1.- Objeto

Autorizar la incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 050: Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SERNANP para el Año Fiscal 2010 hasta por la suma de S/. 336,753.00 (Trescientos Treinta y Seis Mil Setecientos Cincuenta y Tres y 00/100 nuevos soles) de acuerdo al siguiente detalle:

 

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 4: DONACIONES Y TRANSFERENCIAS

 

INGRESOS                                    EN NUEVOS SOLES

1: Ingresos Presupuestarios                    321,797.00

1.4:Donaciones y transferencias                321,797.00

1.4.1:Donaciones y transferencias corrientes   321,797.00

1.4.1.2.:De Organismos Internacionales         321,797.00

1.4.1.2.2: Otros Organismos                    321,797.00

1.4.1.2.2.99:Otros organismos internacionales  321,797.00

 

 

1:Ingresos Presupuestarios                     14,956.00

1.4:Donaciones y transferencias                14,956.00

1.4.2:Donaciones de capital                    14,956.00

1.4.2.2.:De Organismos Internacionales         14,956.00

1.4.2.2.2:Otros Organismos                     14,956.00

1.4.2.2.2.99:Otros organismos internacionales  14,956.00

 

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TOTAL INGRESOS                             S/.336,753.00

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EGRESOS

 

SECCION PRIMERA: Gobierno Central

PLIEGO:

050: Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado

UNIDAD EJECUTORA: 001 Administración – SERNANP

FUNCION: 017 Medio Ambiente

PROGRAMA FUNCIONAL: 039 Medio Ambiente

SUBPROGRAMA FUNCIONAL: 0080 Protección de Flora y Fauna

ACTIVIDAD Ó PROYECTO:  1 015592 Fortalecimiento de las ANPES

FUENTE DE FINANCIAMIENTO: 4 Donaciones y Transferencias

CATEGORÍA DEL GASTO: Gastos Corrientes

Gastos de Capital

TIPO DE TRANSACCIÓN: Gastos Presupuestarios

GENÉRICA DEL GASTO:  3. Bienes y Servicios                     321,797.00

GENÉRICA DEL GASTO:  6. Adquisición de activos no financieros  14,956.00

 

TOTAL EGRESOS                                             S/. 336,753.00

 

 

Artículo 2.- Codificación

La Oficina de Planeamiento y Presupuesto del SERNANP, solicitará a la Dirección Nacional del Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Meta y Unidades de Medida.

 

 

Artículo 3.- Notas para Modificación Presupuestaria

La Oficina de Planeamiento y Presupuesto del SERNANP instruye a la Unidad Ejecutora para que elaboré las correspondientes “Notas para Modificación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente Resolución.

 

 

Artículo 4.- Presentación de la Resolución

Copia de la presente Resolución se presentará dentro de los cinco (5) días de aprobada a los Organismos señalados en el artículo 23 numeral 23.2 de la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.

 

Regístrese y comuníquese.

LUIS ALFARO LOZANO

Jefe

Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado

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