30 de marzo 2010

Categorías: Normas Generales sobre ANP

Decreto Supremo Nº 004-2010-MINAM

Obligación de solicitar opinión previa vinculante en defensa del patrimonio natural de las ANP

De conformidad con la legislación que regula las Áreas Naturales Protegidas, las entidades de nivel nacional, regional y local tienen la obligación de solicitar opinión técnica previa vinculante al Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SERNANP, en las actividades orientadas al aprovechamiento de los recursos naturales o a la habilitación de infraestructura que se realicen al interior de las Áreas Naturales Protegidas.

Decreto Supremo Nº 004-2010-MINAM

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