24 de febrero 2014

Categorías: Normas Generales sobre Ambiente

Resolución Ministerial N° 051-2014-MINAM

Disponer la publicación de la “Estrategia Nacional de Humedales”, así como el respectivo proyecto de Decreto Supremo de aprobación

Disponen la publicación de la “Estrategia Nacional de Humedales”, así como Proyecto de Decreto Supremo, en el portal web institucional del Ministerio del Ambiente
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 051-2014-MINAM

Lima, 24 de febrero de 2014

Vistos, el Memorándum N° 048-2014-VMDERN/ MINAM de 28 de enero de 2014, del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales; el Informe N° 015-2014-DGDB/DVMDERN/MINAM de 27 de enero de 2014, de la Dirección General de Diversidad Biológica; y, demás antecedentes; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 68° de la Constitución Política del Perú establece que es obligación del Estado promover la conservación de la diversidad biológica y de las áreas naturales protegidas;

Que, mediante Resolución Legislativa Nº 25353, se aprueba el Convenio Relativo a Humedales de Importancia Internacional, especialmente como Hábitat de Aves Acuáticas, suscrito por el Perú el 28 de agosto de 1986, así como su Protocolo Modificatorio, adoptado en París el 03 de diciembre de 1982; los cuales constituyen el marco para la acción nacional y la cooperación internacional en pro de la conservación y el uso racional de los humedales y sus recursos;

Que, de conformidad con el artículo 99° de la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, modificado por la Ley N° 29895, el Estado reconoce la importancia de los humedales como hábitat de especies de flora y fauna, en particular de aves migratorias, priorizando su conservación en relación con otros usos, y dispone que las autoridades públicas, en el ejercicio de sus funciones, adopten medidas de protección especial para los ecosistemas frágiles, que comprenden entre ellos, a los humedales;

Que, el literal j) del artículo 7º del Decreto Legislativo Nº 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, modificado por el Decreto Legislativo N° 1039, establece que el Ministerio tiene como función específica, implementar los acuerdos ambientales internacionales y presidir las respectivas comisiones nacionales;

Que, el literal d) del artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-MINAM, establece como una función del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, formular, liderar y supervisar, la política, planes, estrategias e instrumentos para la gestión de los ecosistemas del país, priorizando los ecosistemas frágiles;

Que, mediante Resolución Jefatural Nº 054-96- INRENA, se aprobó la “Estrategia Nacional para la Conservación de Humedales en el Perú”, que tiene como objetivo general promover la conservación de los humedales orientados a obtener benefi cios ecológicos, sociales, económicos, culturales y espirituales como aporte al desarrollo integral del Perú.

Que, de acuerdo a los documentos de visto, ante las recientes amenazas que enfrentan los humedales de país, se requiere actualizar la “Estrategia Nacional para la Conservación de Humedales en el Perú”, con la finalidad de contar con un instrumento acorde con los nuevos retos de la gestión de la diversidad biológica en los ecosistemas de humedales, en beneficio de los pueblos indígenas, poblaciones locales y, en general, del país;

Que, en tal sentido, el Ministerio del Ambiente ha elaborado la “Estrategia Nacional de Humedales”, la cual previo a su formal aprobación, requiere ser puesta en conocimiento del público para recibir opiniones y sugerencias de los interesados, conforme a lo establecido en el artículo 39° del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM; por lo que corresponde emitir la presente resolución;

Con el visado del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, de la Secretaria General, de la Dirección General de Diversidad Biológica, y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente; el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-MINAM; y Decreto Supremo N° 002-2009- MINAM, Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales.

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Disponer la publicación de la “Estrategia Nacional de Humedales”, así como el respectivo Proyecto de Decreto Supremo de aprobación, en el Portal Web Institucional del Ministerio del Ambiente, a fin de recibir las opiniones y sugerencias de los interesados, por un plazo de veinte (20) días hábiles, contados a partir de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 2º.- Las sugerencias y comentarios sobre el proyecto normativo, señalado en el artículo 1º de la presente resolución, deberán ser remitidas, por escrito, al Ministerio del Ambiente, cuya sede central se encuentra ubicada en la Avenida Javier Prado Oeste Nº 1440, San Isidro – Lima, o a la dirección electrónica enh_consultas@ minam.gob.pe

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MANUEL PULGAR-VIDAL OTÁLORA

Ministro del Ambiente

1054607-2

Resolución Ministerial N° 051-2014-MINAM

Comparte en redes