Categorías: Planificación

Ley de Áreas Naturales Protegidas

04 de julio de 1997

 

Ley de Áreas Naturales Protegidas

 

(Ley N° 26834)

 

TITULO III

 

DE LOS INSTRUMENTOS DE MANEJO

 

Artículo 20.- La Autoridad Nacional aprobará un Plan Maestro para cada Área Natural Protegida. El Plan Maestro constituye el documento de planificación de más alto nivel con que cuenta un Área Natural Protegida. Serán elaborados bajo procesos participativos, revisados cada 5 años y definirán, por lo menos:

 

a. La zonificación, estrategias y políticas generales para la gestión del área.

 

b. La organización, objetivos, planes específicos requeridos y programas de manejo.

 

c. Los marcos de cooperación, coordinación y participación relacionados al área y sus zonas de amortiguamiento.

 

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