Categorías: Conservación marina, Otras normas vinculadas

Plan Director de las Áreas Naturales Protegidas

03 de setiembre de 2009
Aprueban Plan Director
DECRETO SUPREMO Nº 016-2009-MINAM 
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SEGUNDA PARTE
COMPONENTE ORIENTADOR PARA LA GESTIÓN
 
Introducción al componente orientador
El componente orientador del Plan Director define el marco conceptual y lineamientos de política para la gestión de las áreas naturales protegidas, así como para su constitución y operación a largo plazo. En sus secciones iniciales se abordan aspectos generales acerca de las áreas naturales protegidas del Sistema que las integra y su conformación, incluyendo referencias particulares a las áreas marinas protegidas.
Los aspectos propios de la gestión de las ANP —y del Sistema en conjunto— se organizan alrededor de
cuatro grandes ejes:
1. Planificar y gestionar las ANP como parte de un contexto mayor.
2. Fortalecer las capacidades para gestionar las ANP.
3. Involucrar y facultar a las poblaciones locales.
4. Fortalecer la base financiera para las ANP.
El componente incluye además, un análisis y propuestas para abordar ciertas formas de ocupación del territorio y de utilización de los recursos que ponen en riesgo la integridad de las ANP así como el logro de sus objetivos de conservación y desarrollo sostenible.
 
2.2 CATEGORÍAS DE ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS
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2.2.5. Áreas Naturales Protegidas en el ámbito Marino y Costero
La necesidad de establecer y gestionar ANP en el ámbito marino y costero está claramente estipulada en diversos artículos y disposiciones complementarias del Reglamento de la Ley de ANP (DS Nº 038-2001-AG del 26 de junio de 2001). El Artículo 65º señala que “El Estado promueve el establecimiento de Áreas Naturales Protegidas del SINANPE en el ámbito marino y marino–costero, con el propósito principal de conservar la diversidad biológica marina y costera. Las islas localizadas dentro del territorio nacional son susceptibles de ser declaradas como Áreas Naturales Protegidas”.
Por su parte, el Artículo 67º hace referencia a la necesidad de desarrollar la Estrategia de la Red de Áreas Naturales Protegidas en el ámbito marino y costero, en el marco del Plan Director. De igual forma,la Ley de Protección, Conservación y Repoblamiento de las Islas, Rocas y Puntas Guaneras del País (Ley Nº 28793 de julio de 2006), declara de interés nacional la protección y conservación de estos espacios.
Mediante Decreto Supremo N° 012-2009-MINAM, se aprueba la Política Nacional del Ambiente, entre los que se incluye los lineamientos de política de Ecosistemas Marino Costeros. Adicionalmente, el Programa de Trabajo sobre Áreas Protegidas del Convenio sobre la Diversidad Biológica, acordado durante la séptima Conferencia de las Partes (COP7), estableció que para el 2012,se debería contar con una red mundial de sistemas nacionales y regionales completos, representativos y bien administrados de áreas protegidas en el ámbito marino.
Asimismo, la normatividad vigente sobre el Patrimonio Cultural de la Nación se extiende a las áreas marinas protegidas con existencia de patrimonio cultural subacuático, las que deberán coordinarse directamente con el INC, para adecuar su manejo a la conservación y preservación de este tipo de sitios.
Para ello se debe aludir a la Ley General del Patrimonio Cultural (Ley General 28296) y su Reglamento (Decreto Supremo Nº 011-2006-ED) que regula la protección y el manejo del patrimonio sub-acuático, así como a la Convención del Patrimonio Subacuático (ver pág. 6) aún cuando su ratificación esté en proceso.
Lineamientos de política
Los lineamientos de política están orientados a la conformación y gestión de los sistemas de áreas marinas y costeras protegidas y su articulación con el manejo integrado de zonas marino costeras (MIZMC) bajo un enfoque ecosistémico. Para su formulación se han recogido las recomendaciones del Grupo Técnico conformado por el ex CONAM —mediante RP N° 012-99-CONAM-PCD— para poner en práctica el enfoque de manejo integral de zonas marino costeras y garantizar el logro de los objetivos de conservación de las ANP Marino Costero; de igual manera, se ha considerado la propuesta de políticas y líneas de acción de la Comunidad Andina de Naciones (CAN) para que sean asumidas a nivel nacionalpara complementar las acciones relacionadas con el MIZMC. Estas propuestas responden a las características de los ambientes marinos y costeros, y refuerzan la cooperación transfronteriza.
Esta cooperación tiene como referente el Convenio de Lima, firmado en 1981, y el Protocolo para laConservación y Administración de las Áreas Marinas y Costeras Protegidas del Pacífico Sudeste de 1989; ambos documentos vinculantes han motivado reuniones de especialistas de los cinco paísesmiembros del Plan de Acción para la Protección del Pacífico Sudeste. En 2004, la IV Reunión de Guayaquil concluyó que las políticas nacionales y regionales presentan una falta de definición en lo referente a las áreas marinas y costeras, y resaltó la falta de presupuestos que permitan el desarrollo de programas de investigación técnica y científica, la educación ambiental y la participación comunitaria en las áreas marinas y costeras protegidas.
Sobre el propósito de las ANP en el ámbito Marino Costero
-Contribuyen a mantener la biodiversidad y productividad de los ecosistemas marinos y costeros y sus procesos ecológicos esenciales.
-La conservación a largo plazo de las ANP en el ámbito Marino Costero resulta asociada con el mejoramiento de la calidad de vida principalmente de los usuarios primarios de los recursos pesqueros y de los pescadores artesanales.
-Contribuyen a la conservacion del patrimonio natural, cultural y valores asociados del mar peruano.
Sobre la implementación efectiva de ANP en el ámbito Marino Costero
-Priorizar la incorporación progresiva del subsistema de ANP marino costero en islas y puntas guaneras como parte del SINANPE
-Se promoveran estudios con la participación del IMARPE y el posible apoyo de otras instituciones de investigación acerca de la pertinencia de establecer ANP MArino Costero netamente acúaticas dentro de medio marino del país, a fin de ampliar la cobertura de conservación en estos ecosistemas.
-La autoridad nacional del SINANPE formulará los criterios para el establecimiento de las ANP MArino Costero en coordinación con el IMARPE
-Se promoverán mecanismos, instrumentos de coordinación, y las capacidades institucionales para la gestión de ANP Marino Costero y de ecosistemas marino costero.
Sobre la gestión de los recursos
-Promover estudios participativos sobre el impacto positivo de las ANP Marino Costero y los recursos hidrobiológicos y la calidad de vida de los usuarios primarios.
-La gestión de las ANP MArino Costero debe realizarse utilizando enfoques adaptativos y sistémicos que incorporen la variabilidad ambiental y los factores socioeconómicos que las afectan.
– La gestión de las ANP MArino Costero ha de estar orientada a determinar la factibilidad de su uso racional utilizando resultados de investigación y determinando el costo-beneficio de las actividades económicas que por acción u omisión puedan verse afectadas de acuerdo a los principios de valoración establecidos en el punto 2.2.8.1.
-Las decisiones y acciones necesarias para el manejo de los ecosistemas que protegen las ANP MArinas y Costeras y para eliminar o mitigar las presiones que pudiera haber sobre ellos y revertir  los daños ya ocasionados, deberán ser tomadas con un criterio técnico y una visión a largo plazo.
-Se permitirá al amricultura responsable como una modalidad complementaria de los esfuerzos de conservación y mientras sea compatible con los objetivos del ANP Marinas y Costeras.
-Reforzar los mecanismos de coordinación entre los sectores y organismso de investigación y gestión vinculados con los ambientes marinos a nivel nacional y regional, procurando evitar la superposición de funciones . Reforzar la capacidades de investigación y gestión de información para evaluar el estado de salud de los ámbientes marinos y costeros.
-Los planes de gestión incluirán factores como la variabilidad ambiental (p. ej. ENOS- El Niño Oscilación Sur) y cambios climáticos a largo plazo .
-El ente rector y los entes administradores de ANP Marinas y Costeras trabajarán con los institutos de investigación y los sectores productivos para identificar y promover acciones que contribuyan a reducir las presiones a las ANP Marinas y Costeras y su biodiversidad, mediante un enfoque de gestión ecosistemica.
Sobre el monitoreo y evaluación
-Se fortalecerán los mecanismos de cooperación interinstitucional en los sistemas de monitoreo, evaluación, control y sanción para las ANP Marinas y Costeras y otras estrategias de gestión complementarias. En este sentido las entidades competentes deberán ser claramente designadas y contar con las atribuciones requeridas para el desempeño de sus funciones.
-Se priorizará el monitoreo de las aguas de lastre frente al potencial ingreso de especies exóticas invasoras asociado con el transporte marítimo internacional, particularmente en el ámbito de las ANP en el ámbito marino.
-Se procurará articular los sistemas de Monitoreo y Evaluación a nivel regional en corcondancia a los intereses nacionales.
-Se establecerán mecanismos de contol y de sanciones paran aquellos que sean detectados infringiendo las regulaciones impuestas.
-Se establecerán mecanismos eficaces para generar recursos financieros que apoyen tanto la gestión de las ANP Marinas y Costeras como la investigación cientifica.
– Promover el monitoreo de especies hidrobiologicas manejadas en las ANP Marinas y Costeras. De igual manera, priorizar al investigación aplicada en recursos hidrobiológicos que son aprovechados, para asegurar su sostenibilidad.
Sobre la cooperación regional
-Se promoverá la colaboración a nivel regional en materia de conservación de la diversidad biológica y los ecosistemas marinos y costeros, concordando e integrando de manera armoniosa a los intereses nacionales.
Sobre la comunicación y educación
La adopción de criterios técnicos como base principal de una política es muy díficil de lograr si es que previamente no se educa al público que se verá afectado por la política en cuestión y a los gestores que deberán adoptar dicah política.
-Se promoverá el inicio de programas educativos a gran escala que eduquen a las poblaciones y gestores a nivel nacional, regional y local para que adquieran conciencia de la compleja problemática que enfrentan los ambientes marinos y costeros y las consecuencias directas que enfrentan si estos no se solucionan a mediano plazo.
– Se impulsarán programas de educación orientados a la concienciación y sensibilización de al población sobre los temas ambientales en el marco del desarrollo sostenible , con enfásis en las ANP Marinas y Costeras.
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