26 de junio 2008

Categorías: Planificación

Resolución Jefatural Nº 145-2008-INRENA

Plan Maestro de la Reserva Nacional de Junín


20 de junio de 2008
 
Aprueban el Plan Maestro de la Reserva Nacional de Junín 2008-2012 y establecen Zona de Amortiguamiento 

RESOLUCION JEFATURAL Nº 145-2008-INRENA 
Lima, 3 de junio de 2008
VISTO: 
El Informe Nº 169-2008-INRENA-IANP-DPANP/DOANP, de fecha 30 de abril del 2008, de la Intendencia de Áreas Naturales Protegidas, que recomienda aprobar la actualización del Plan Maestro de la Reserva Nacional de Junín, 2008-2012; 
CONSIDERANDO: 
Que, el artículo 18 de la Ley Nº 26834, Ley de Áreas Naturales Protegidas, establece que las áreas naturales protegidas contarán con documentos de planificación de carácter general y específicos por tipo de recurso y actividad, aprobados por el Instituto Nacional de Recursos Naturales-INRENA con participación de los sectores correspondientes, los que constituyen normas de observancia obligatoria para cualquier actividad que se desarrolle a su interior; 
Que, uno de los documentos de planificación del más alto nivel de un área natural protegida lo constituye el Plan Maestro, en el cual se define la zonificación, estrategias y políticas generales para la gestión del área; la organización, objetivos, planes específicos requeridos y programas de manejo; y, los marcos de cooperación, coordinación y participación relacionados al área y su zona de amortiguamiento, conforme lo dispone el artículo 20 de la norma antes citada; 
Que, asimismo el artículo 25 de la Ley de Áreas Naturales Protegidas establece que en el Plan Maestro de cada área natural protegida, se definirá la extensión que corresponde a su Zona de Amortiguamiento, que constituye aquel espacio adyacente al área natural protegida, que por su naturaleza y ubicación, requieren un tratamiento especial que garantice la conservación del área; 
Que, la Zona de Amortiguamiento debe delimitarse de manera georeferenciada utilizando coordenadas Universal Transversal Mercator (UTM) y descriptiva, empleando en lo posible accidentes geográficos de fácil identificación en el terreno, conforme lo dispone el artículo 61 del Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 038-2001-AG; 
Que, el artículo 37.4 del citado Reglamento y la Estrategia Nacional para las Áreas Naturales Protegidas- Plan Director, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 010-99-AG, establecen que los planes maestros son aprobados mediante Resolución Jefatural del INRENA, previa revisión del Comité de Gestión y a propuesta de la Intendencia de Áreas Naturales Protegidas, con una vigencia de cinco (05) años; 
Que, el artículo 55, numeral 2) del reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, precisa que la planificación del uso se realiza con amplia participación y consulta de las poblaciones aledañas o residentes de la Reserva Nacional. El aprovechamiento puede ser realizado por dichas poblaciones en forma prioritaria; 
Que, el artículo 68 de la Constitución Política del Perú establece que es obligación del Estado promover la conservación de la diversidad biológica y de las áreas naturales protegidas; 
Que, mediante Decreto Supremo Decreto Supremo Nº 0750-74-AG del 7 de agosto de 1974 estableció como área natural protegida – ANP por el Estado a la Reserva Nacional de Junín-RNJ, ubicada en los Andes centrales, en los distritos de Carhuamayo, Ondores y Junín del departamento de Junín y los distritos de Ninacaca y Vicco del departamento de Pasco, en la Pampa de Junín o Meseta de Bombón, en las inmediaciones del lugar de la histórica Batalla de Junín, a 4100 msnm y con una extensión de 53,000 ha. 
Que, según lo previsto por la Ley de Áreas Naturales Protegidas, dada por Ley Nº 26834, en el artículo 8 y lo dispuesto por su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2001-AG, en el artículo 3, el Instituto Nacional de Recursos Naturales – INRENA es el ente rector o autoridad nacional competente del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado Peruano – SINANPE; 
Que, por Resolución de Intendencia Nº 1025-2007-INRENA-IANP/DPANP, se aprueban los Términos de Referencia para la actualización del Plan Maestro de la Reserva Nacional de Junín. 
Que, mediante Informe Nº 169-2008-INRENA-IANP-DPANP/DOANP, la Intendencia de Áreas Naturales Protegidas manifiesta su conformidad con la propuesta de actualización del “Plan Maestro de la Reserva Nacional de Junín” y el proceso participativo seguido para su elaboración; 
SE RESUELVE: 

Artículo 1.- Aprobar el Plan Maestro de la Reserva Nacional de Junín 2008-2012, como documento de planificación de más alto nivel del área natural protegida, que orienta, entre otros, el desarrollo de las actividades al interior de la citada área natural protegida y su zona de amortiguamiento; el cual forma parte de la presente resolución y se encuentra a disposición del público en general en la Intendencia de Áreas Naturales Protegidas del INRENA y la página web institucional. 
Artículo 2.- Establecer los límites de la Zona de Amortiguamiento de la Reserva Nacional de Junín, la misma que está incluida en el Plan Maestro, y cuya memoria descriptiva y mapa respectivo forman parte de la presente Resolución Jefatural, como Anexo 1. 
La versión digital oficial de los límites se encuentra en los archivos de la Intendencia de Áreas Naturales del INRENA y se constituye en lo sucesivo como el documento oficial al que deberá recurrirse en materia de ordenamiento territorial a todo nivel. 
Artículo 3.- Encargar a la Intendencia de Áreas Naturales Protegidas velar por la implementación de las estrategias establecidas en el referido Plan Maestro. 
Regístrese, comuníquese y publíquese. 
JOSÉ LUIS CAMINO IVANISSEVICH 
Jefe 
Instituto Nacional de Recursos Naturales 
MEMORIA DESCRIPTIVA DE LA ZONA DE AMORTIGUAMIENTO
La zona de amortiguamiento de la Reserva Nacional de Junín tiene un área aproximada de 101297 Ha y cuya descripción es la siguiente: 
Norte 
Se inicia en el punto Nº 1 en coordenadas UTM 362455E, 8808731N, ubicado en la intercepción de la carretera Huayllay – Cerro de Pasco con la carretera central, continúa por la carretera central en dirección sureste hasta alcanzar el punto Nº 2 ubicado en coordenadas UTM 364815E, 8806120N intercepción con el río Yanacocha; continúa aguas arriba hasta alcanzar el punto Nº 3 con coordenadas UTM 367790E, 8814035N ubicado en la divisoria de aguas de la cuenca del Chinchaycocha, continuando por la divisoria de aguas de dicha cuenca en dirección sureste hasta alcanzar el punto Nº 4 ubicado en las coordenadas UTM 394895E, 8801090N. 
Este 
Desde el punto Nº 4 continúa por la divisoria de aguas de la cuenca del Chinchaycocha en dirección sureste hasta alcanzar el punto Nº 5 ubicado en coordenadas UTM 402812E, 8762545N. 
 
Sur 
Desde el punto Nº 5 continúa en línea recta en dirección oeste hasta alcanzar el punto Nº 6 ubicado en coordenadas UTM 386117E, 8762542N lugar de intercepción con la Quebrada Cahcas, del cual continua aguas arriba en dirección suroeste hasta alcanzar la divisoria de aguas de la cuenca del Chinchaycocha ubicada en el punto Nº 7 con coordenadas UTM 382608E, 8760576. 
Oeste 
Desde el punto Nº 7 se continúa por la divisoria de aguas de la cuenca del Chinchaycocha en dirección noroeste hasta alcanzar el punto Nº 8 ubicado en las coordenadas UTM 362078E, 8790320N, continúa por la divisoria de aguas de la misma cuenca en dirección oeste hasta alcanzar el punto Nº 9 ubicado en las coordenadas UTM 357229E, 8791186N intercepción con la zona de amortiguamiento del Santuario Nacional de Huayllay, continúa en línea recta hacia el norte hasta alcanzar el punto Nº 10 ubicado en coordenadas UTM 357257E, 8791593, lugar de intercepción con la carretera Huayllay – Cerro de Pasco, continuando en dirección norte hasta alcanzar el punto Nº 1. 
Puntos UTM: Límite de la Zona de Amortiguamiento de la RNJ Puntos Este Norte 
  Puntos Este         Norte
1 362455 8808731
2 364815 8806120
3 367790 8814035
4 394895 8801090
5 402812 8762545
6 386117 8762542
7 382608 8760576
8 362078 8790320
9 357229 8791186
10 357257 8791593
 
 
 
Zona de descarga
 
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