3 de febrero 2016

Categorías: Planificación

Resolución Presidencial N° 019-2016-SERNANP

Plan Maestro del Santuario Histórico de la Pampa de Ayacucho, periodo 2016 – 2020

RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL N° 019-2016-SERNANP

Lima, 29 de enero de 2016

VISTO:

El Informe N° 45-2016-SERNANP-DDE del 22 de enero de 2016 de la Dirección de Desarrollo Estratégico del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SERNANP, a través del cual emite su conformidad a la propuesta de aprobación del Plan Maestro del Santuario Histórico de la Pampa de Ayacucho;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 68° de la Constitución Política del Perú establece que es obligación del Estado promover la conservación de la diversidad biológica y de las Áreas Naturales Protegidas;

Que, a través del numeral 2 de la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, se crea el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SERNANP, el mismo que se constituye en el ente rector del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SINANPE, y en su autoridad técnico normativa;

Que, mediante Decreto Supremo N° 119-80-AA del 14 de agosto de 1980, se establece el Santuario Histórico de la Pampa de Ayacucho, sobre una superfi cie de 300 ha., ubicado en la provincia de Huamanga del departamento de Ayacucho;

Que, el artículo 18° de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, establece que las áreas naturales protegidas contarán con documentos de planifi cación de carácter general y específico, por tipo de recursos y actividad, aprobados por el SERNANP con la participación de los sectores competentes correspondientes, los mismos que una vez aprobados constituyen normas de observancia obligatoria para cualquier actividad que se desarrolle dentro del Área;

Que, de conformidad con el literal g) del artículo 8° de la Ley N° 26834, Ley de Áreas Naturales Protegidas, es función del SERNANP, aprobar los Planes Maestros de las Áreas Naturales Protegidas;

Que, el artículo 20° de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, establece que la misma Autoridad Nacional aprobará un Plan Maestro por cada Área Natural Protegida, el mismo que constituye el documento de planifi cación de más alto nivel con el que cuenta cada ANP y que deberá ser elaborado bajo procesos participativos y revisado cada cinco (5) años;

Que, el numeral 5 del artículo 1° del Decreto Supremo N° 008-2009-MINAM, que estableció las “Disposiciones para la elaboración de los Planes Maestros de las Áreas Naturales Protegidas”, precisa que el proceso de elaboración de los Planes Maestros y en particular su zonificación, debe obligatoriamente considerar que el establecimiento de las Áreas Naturales Protegidas no tiene efectos retroactivos ni afecta los derechos adquiridos con anterioridad a la creación de las mismas;

Que, mediante Resolución Presidencial N° 049-2014-SERNANP de fecha 19 de febrero de 2014, se aprobaron las “Disposiciones Complementarias al Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas en materia de Planes Maestros de Áreas Naturales Protegidas de administración nacional”;

Que, mediante Resolución Directoral N° 036-2014-SERNANP-DDE del 29 de setiembre de 2014, se aprobaron los Términos de Referencia del proceso de elaboración del Plan Maestro del Santuario Histórico de la Pampa de Ayacucho, los mismos que se modificaron a través de la Resolución Directoral 052-2014-SERNANPDDE del 19 de noviembre de 2014;

Que, en el informe del visto se concluye que la propuesta de Plan Maestro del Santuario Histórico de la Pampa de Ayacucho, no presenta observaciones, habiendo sido elaborada en cumplimiento de lo regulado en la Ley de Áreas Naturales Protegidas, su reglamento, a lo dispuesto en las Disposiciones Complementarias al Reglamento de la Ley de ANP en materia de Planes Maestros de ANP de administración nacional y evaluada con los formatos aprobados con Resolución Directoral N° 019-2014-SERNANP-DDE del 09 de junio de 2014 y exigencias mínimas establecidas en la Resolución Presidencial N° 049-2014-SERNANP del 19 de febrero de 2014, recomendándose entre otros su aprobación; Con las visaciones de la Oficina de Asesoría Jurídica, de la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas, de la Dirección de Desarrollo Estratégico y de la Secretaría General; De conformidad con las atribuciones conferidas en el literal m) del artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones del SERNANP, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2008-MINAM;

SE RESUELVE

Artículo 1.- Aprobar el Plan Maestro del Santuario Histórico de la Pampa de Ayacucho, periodo 2016-2020, como documento de planifi cación de más alto nivel, cuyo texto consta en el Anexo 1, el cual forma parte integrante de la presente Resolución.

 Artículo 2°.- Aprobar la nueva delimitación de la zona de amortiguamiento que se encuentra definida en la memoria descriptiva y en el mapa base, que consta en el Anexo 2, el cual forma parte integrante de la presente Resolución. La versión oficial digital de los límites se encuentra en el SERNANP y constituye en lo sucesivo el documento oficial al que deberá recurrirse en materia de ordenamiento territorial.

Artículo 3°.- Encargar a la Jefatura del Santuario Histórico de la Pampa de Ayacucho la implementación del referido Plan Maestro. Artículo 4°.- Publicar la presente Resolución, la memoria descriptiva y el mapa de la Zona de Amortiguamiento del Santuario Histórico de la Pampa de Ayacucho en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal Institucional del SERNANP; www.sernanp.gob. pe, en el que además deberá publicarse el texto del Plan Maestro.

Regístrese y comuníquese.

PEDRO GAMBOA MOQUILLAZA

Jefe

Anexos-Memoria Descriptiva 

Resolución Presidencial N° 019-2016-SERNANP

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