11 de enero 2013
Categorías: Planificación
Resolución Presidencial Nº 238-2012-SERNANP
Aprueban actualización del Plan Maestro del Parque Nacional Alto Purús por el período 2012 – 2017
Aprueban actualización del Plan Maestro del Parque Nacional Alto Purús por el período 2012 – 2017
RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL
Nº 238-2012-SERNANP
Lima, 28 de diciembre de 2012
VISTO:
El Informe Nº 11-2012-SERNANP-DDE-DGANP, de fecha 26 de diciembre de 2012, mediante el cual la Dirección de Desarrollo Estratégico y la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado- SERNANP, dan su conformidad a la propuesta de actualización del Plan Maestro del Parque Nacional Alto Purús, período 2012 – 2017.
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 68º de la Constitución Política del Perú establece que es obligación del Estado promover la conservación de la diversidad biológica y de las Áreas Naturales Protegidas;
Que, a través del numeral 2 de la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, se crea el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SERNANP, el mismo que se constituye en el ente rector del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SINANPE, y en su autoridad técnico-normativa;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 040-2004-AG de fecha 20 de noviembre de 2004, se establece el Parque Nacional Alto Purús, sobre una superficie de dos millones quinientas diez mil seiscientas noventa y cuatro hectáreas y cuatro mil cien metros cuadrados (2 510 694,41 ha), ubicado en los distritos de Iñapari y Tambopata de las provincias de Tahuamanu y Tambopata respectivamente, del departamento de Madre de Dios y el distrito de Purús, provincia de Purús, departamento de Ucayali;
Que, de conformidad con el inciso g) del artículo 8º de la Ley Nº 26834, Ley de Áreas Naturales Protegidas, es función del SERNANP, aprobar los Planes Maestros de las Áreas Naturales Protegidas;
Que, el artículo 18º de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, establece que las Áreas Naturales Protegidas contarán con documentos de planificación de carácter general y específico, por tipo de recurso y actividad, aprobados por el SERNANP con la participación de los sectores competentes correspondientes, los mismos que una vez aprobados constituyen normas de observancia obligatoria para cualquier actividad que se desarrolle dentro del área;
Que, el artículo 20º de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, establece que la Autoridad Nacional aprobará un Plan Maestro por cada Área Natural Protegida, el mismo que constituye el documento de planificación de más alto nivel con el que cuenta cada Área Natural Protegida, y que deberá ser elaborado bajo procesos participativos, y revisado cada cinco (5) años;
Que, el numeral 1.5 del artículo 1º del Decreto Supremo Nº 008-2009-MINAM, establece que el proceso de elaboración de los Planes Maestros y en particular su zonificación, debe obligatoriamente considerar que el establecimiento de las Áreas Naturales Protegidas no tiene efectos retroactivos ni afecta los derechos adquiridos con anterioridad a la creación de las mismas;
Que, mediante Resolución Directoral Nº 009-2011-SERNANP-DDE de fecha 17 de febrero de 2011, se aprueban con efectividad al 01 de agosto del 2010 los Términos de Referencia para la actualización del Plan Maestro del Parque Nacional Alto Purús;
Que, a través de un amplio proceso participativo de las instituciones y organizaciones a través del Comité de Gestión, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 37.4 del Decreto Supremo Nº 038-2001-AG Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, se ha elaborado la propuesta de actualización del Plan Maestro, período 2012-2017, del Parque Nacional Alto Purús, la misma que ha sido propuesta para su aprobación;
Que, según se concluye en el documento del visto, la propuesta de actualización del Plan Maestro, período 2012-2017, del Parque Nacional Alto Purús, ha sido elaborada de acuerdo a lo establecido en la Ley de Áreas Naturales Protegidas, su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 038-2001-AG y en los Términos de Referencia aprobados por Resolución Directoral Nº 009-2011-SERNANP-DDE;
Con las visaciones de la Oficina de Asesoría Jurídica, de la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas, de la Dirección de Desarrollo Estratégico, y de la Secretaría General, y;
De conformidad con las atribuciones conferidas en el inciso m) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del SERNANP, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2008-MINAM.
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar la actualización del Plan Maestro del Parque Nacional Alto Purús, por el período 2012-2017, como documento de planificación de más alto nivel de la referida Área Natural Protegida, cuyo texto consta en el Anexo 1, el cual forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2º.- Establecer la nueva delimitación de la zona de amortiguamiento, contenida en la Actualización del Plan Maestro, definida en la memoria descriptiva y en el mapa base, que consta como Anexo 2, el cual forma parte integrante de la presente Resolución.
La versión oficial digital de los límites se encuentra en el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SERNANP, y constituye en lo sucesivo el documento oficial al que deberá recurrirse en materia de ordenamiento territorial.
Artículo 3º.- Encargar a la Jefatura del Parque Nacional Alto Purús, velar por la implementación del referido Plan Maestro.
Artículo 4º.- Publicar la presente Resolución, la memoria descriptiva y el mapa base de la zona de amortiguamiento del Parque Nacional Alto Purús en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal Institucional del SERNANP: www.sernanp.gob.pe, en el que además
deberá publicarse el texto del Plan Maestro.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PEDRO GAMBOA MOQUILLAZA
Jefe