6 de febrero 2014

Categorías: Normas Generales sobre ANP

Resolución de Presidencia N° RP 026/2014/SERNANP

Aprueban Directiva sobre la comercialización de los derechos generados por proyectos de conservación de los ecosistemas naturales presentes dentro de áreas naturales protegidas de administración nacional

Aprueban Directiva sobre la comercialización de los derechos generados por proyectos de conservación de los ecosistemas naturales presentes dentro de áreas naturales protegidas de administración nacional

RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL
Nº 26-2014-SERNANP

Lima, 30 de enero de 2014

VISTO:

El Informe Técnico N° 003-2014-SERNANP-DDEOAJ de fecha 29 de enero de 2014, de la Dirección de Desarrollo Estratégico y la Ofi cina de Asesoría Jurídica del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado-SERNANP;

CONSIDERANDO:

Que, las Áreas Naturales Protegidas son los espacios continentales y/o marinos del territorio nacional, expresamente reconocidos y declarados como tales, incluyendo sus categorías y zonifi caciones, para conservar la diversidad biológica y demás valores asociados de interés cultural, paisajístico y científi co, así como por su contribución al desarrollo sostenible del país, conforme lo establecido en el artículo 1° de la Ley N° 26834, Ley de
Áreas Naturales Protegidas;

Que, uno de los objetivos de las Áreas Naturales Protegidas es asegurar la continuidad de los servicios ambientales que prestan, de acuerdo a lo previsto en el literal r) del artículo 2° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 038-2001-AG;

Que, por otro lado, en virtud al numeral 2 de la Segunda Disposición Complementaria del Decreto Legislativo N° 1013, se crea al Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SERNANP, como ente rector del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SINANPE y se constituye en su autoridad técnico-normativa;

Que, asimismo la autoridad competente para administrar el patrimonio forestal, fl ora y fauna silvestre de las áreas naturales protegidas y sus servicios ambientales es el Ministerio del Ambiente a través del SERNANP, de acuerdo a lo normado en el artículo 2° del Decreto Legislativo N° 1079;

Que, el Plan Director de las Áreas Naturales Protegidas aprobado por Decreto Supremo N° 016-2009-MINAM, señala que las Áreas Naturales Protegidas ofrecen muchas oportunidades para demostrar la importancia de la conservación de la diversidad biológica y los servicios ambientales para el desarrollo sostenible, tanto por sus valores naturales como por las prácticas asociadas a su gestión y el buen gobierno;

Que, el Estado reconoce y promueve la participación privada en la gestión de las Áreas Naturales Protegidas, para ello entre otros, puede suscribir u otorgar Contratos de Administración del área, según lo previsto en el literal a) del artículo 17° de la Ley de Áreas Naturales Protegidas;

Que, en concordancia con ello, se encuentra regulado en el Capítulo IV, Subcapítulo I del Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, el Contrato de Administración como una de las modalidades de manejo y administración de las Áreas Naturales Protegidas;

Que, en tal sentido, en el documento del visto se propone una Directiva para regular la comercialización de los derechos generados por proyectos de conservación de los ecosistemas naturales presentes dentro de Áreas Naturales Protegidas de administración nacional;

Con la visación de la Dirección de Desarrollo Estratégico, la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, la Oficina de Asesoría Jurídica y de la Secretaría General;

En uso de las facultades conferidas en el inciso b) del artículo 11° del Decreto Supremo N° 006-2008-MINAM que  aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del SERNANP;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aprobar la Directiva que regula la comercialización de los derechos generados por proyectos de conservación de los ecosistemas naturales presentes dentro de Áreas Naturales Protegidas de administración nacional, que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en la página web institucional: www.sernanp.
gob.pe

Regístrese y comuníquese.

PEDRO GAMBOA MOQUILLAZA
Jefe

 

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