13 de abril 2016
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Resolución Presidencial Nº 079-2016-SERNANP
Aprueban el Plan de Acción para la promoción de investigaciones en el Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SINANPE)
Aprueban el Aprueban el Plan de Acción para la promoción de investigaciones en el Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SINANPE)
RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL Nº 079-2016-SERNANP
Lima, 6 de abril de 2016
VISTO:
El Informe N° 239-2016-SERNANP-DDE de fecha 28 de marzo de 2016, a través del cual la Dirección de Desarrollo Estratégico del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado, recomienda aprobar el Plan de Acción para la promoción de investigación en el Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SINANPE).
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con los incisos g) e i) del artículo 2° de la Ley N° 26834, Ley de Áreas Naturales Protegidas, la protección de las áreas naturales protegidas tiene como objetivos, entre otros, servir de sustento y proporcionar medios y oportunidades para el desarrollo de la investigación científi ca;
Que, de conformidad con el artículo 29° de la citada Ley, el Estado reconoce la importancia de las áreas naturales protegidas para el desarrollo de actividades de investigación científi ca básica y aplicada, pudiendo ser éstas autorizadas si su desarrollo no afecta los objetivos primarios de conservación del área natural protegida en cuestión y se respete su zonifi cación y condiciones establecidas en su plan maestro;
Que, de conformidad con el Plan Director de las Áreas Naturales Protegidas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 016-2009-MINAM, la investigación científi ca constituye una herramienta básica para la generación de información pertinente para mejorar el conocimiento sobre la diversidad biológica, estado de conservación, representatividad y gestión de las áreas naturales protegidas, así como para el manejo de recursos naturales y la gestión de riesgos y amenazas;
Que, en este sentido, el aludido Plan desarrolla dentro del componente orientador los lineamientos de política para el desarrollo de la investigación dentro de las áreas naturales protegidas, estableciendo que resulta necesario reforzar la promoción de la investigación científi ca en el ámbito de las áreas naturales protegidas, tanto en los organismos responsables de la gestión de las mismas como en las instituciones de investigación;
Que, mediante Decreto Supremo N° 014-2011-MINAM, publicado el 09 de julio de 2011, se aprueba el Plan Nacional de Acción Ambiental – PLANAA Perú 2011-2021, que es el instrumento de planifi cación ambiental nacional de largo plazo, el mismo que contempla a la investigación científi ca y tecnológica en materia ambiental, como de suma importancia para proteger el ambiente, optimizar el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y prevenir el deterioro ambiental;
Que, mediante el Decreto Supremo N° 010-2015-MINAM, publicado el 23 de setiembre de 2015, se promueve el desarrollo de investigaciones al interior de las áreas naturales protegidas;
Que, mediante la Resolución Ministerial N° 175-2013-MINAM, publicado el 18 de julio de 2013, se aprueba la Agenda de Investigación Ambiental 2013-2021, a través de la cual se permite articular la investigación y la innovación ambiental nacional, orientándolo a la toma de decisiones en materia ambiental, identifi cando líneas estratégicas para su impulso y proponiendo líneas temáticas prioritarias y de interés, con el fi n de que las investigaciones puedan cubrir la demanda de generación de conocimiento ambiental que el país requiere;
Que, en virtud a los resultados de la primera auditoría de desempeño realizada por la Contraloría General de la República al Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado, el SERNANP ha formulado un Plan de Acción con 33 acciones de mejora, las cuales serán implementadas entre los años 2015 y 2017;
Que, dentro de las 33 acciones de mejora, el SERNANP se ha comprometido a diseñar y aprobar la estrategia de investigación del SINANPE la cual establecerá los pasos a seguir para:
i) Establecer los lineamientos para la gestión de la investigación;
ii) Defi nir responsabilidades;
iii) Criterios de priorización investigaciones y
iv) Mecanismos para defi nir y reportar las prioridades de investigación;
Que, mediante Resolución Presidencial N° 129-2015-SERNANP de fecha 2 de julio de 2015, se aprobó la Estrategia de Investigación del SINANPE, la cual se compone de tres etapas: i) Evaluación Interna, ii) Identifi cación de oportunidades de colaboración, e iii) Implementación del Plan de Acción;
Que, en el marco de la implementación de la estrategia de investigación del SINANPE, con Memorándum N° 085-2016-SERNANP-DDE, la Dirección de Desarrollo Estratégico remite a la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas la propuesta de Plan de Acción para la promoción de investigación en el SINANPE, para el periodo 2016-2019;
Que, la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas, a través del Informe N° 112-2016-SERNANPDGANP, de fecha 08 marzo de 2016 recomienda que la propuesta de Plan de Acción incorporare las acciones que viene implementando la Unidad Operativa Funcional de Manejo de Recursos en ANP en cumplimiento de la Estrategia de Investigación del SINANPE;
Que, mediante el Informe del visto, la Dirección de Desarrollo Estratégico sustenta la propuesta final del Plan de Acción, el mismo que se basa en los lineamientos de política sobre investigación establecidos en el Plan Director y articulados a la Estrategia Nacional de Diversidad Biológica, así como las propuestas establecidas en la Agenda de Investigación Ambiental 2013-2021;
Con la visación de la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas, de la Dirección de Desarrollo Estratégico, la Ofi cina de Asesoría Jurídica y de la Secretaría General; En uso de las facultades conferidas en el inciso e) del artículo 11° del Decreto Supremo N° 006-2008-MINAM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del SERNANP;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar el Plan de Acción para la promoción de investigaciones en el Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SINANPE), que en anexo se adjunta a la presente resolución.
Artículo 2°.- La Dirección de Desarrollo Estratégico es la encargada de velar por el cumplimiento del precitado Plan.
Artículo 3°.- Publicar la presente Resolución Presidencial en El Diario Ofi cial El Peruano y su Anexo en el portal web del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SERNANP: www.sernanp.gob. pe Regístrese, comuníquese y publíquese.
PEDRO GAMBOA MOQUILLAZA
Jefe del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado