12 de septiembre 2012

Categorías: Planificación

Resolución Presidencial N° 152-2012-SERNANP

Aprueban el Plan Maestro del Área de Conservación Privada Tilacancha para el período 2012-2017

Aprueban el Plan Maestro del Área de Conservación Privada Tilacancha para el período 2012-2017

 

RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL

N° 152-2012-SERNANP

 

Lima, 6 de setiembre de 2012

VISTO:

 

Los Informes Nº 370-2012-SERNANP-DDE y N° 237-2012-SERNANP-OAJ, de fechas 29 de agosto de 2012 y 04 de setiembre de 2012 respectivamente, a través de los cuales se da conformidad al Plan Maestro propuesto para el Área de Conservación Privada Tilacancha.

 

CONSIDERANDO:

 

Que, el Artículo 68º de la Constitución Política del Perú establece que es obligación del Estado promover la conservación de la diversidad biológica y de las Áreas Naturales Protegidas;

 

Que, el numeral 2 de la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1013, crea el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SERNANP, constituyéndolo como ente rector del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SINANPE, y en su autoridad técnico-normativa;

 

Que, el numeral 2 de la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1013, aprueba la fusión de la Intendencia Nacional de Áreas Naturales Protegidas del Instituto Nacional de Recursos Naturales – INRENA con el SERNANP, constituyéndose este último en el ente incorporante. Asimismo, dicho numeral señala que toda referencia hecha al INRENA, a la

Intendencia de Áreas Naturales Protegidas del INRENA, o a las competencias, funciones y atribuciones respecto a las Áreas Naturales Protegidas, una vez culminado el proceso de fusión, se entenderá como efectuada al SERNANP;

 

Que, el Artículo 8º de la Ley Nº 26834, Ley de Áreas Naturales Protegidas, establece en su inciso g), que el SERNANP tiene entre sus funciones, aprobar los Planes Maestros de las Áreas Naturales Protegidas;

 

Que, el numeral 2.4 del Artículo 2º del Decreto Supremo Nº 008-2009-SERNANP, señala que la aprobación de los Planes Maestros de las Áreas de Conservación Privada corresponde al SERNANP;

 

Que, el Artículo 20º de la Ley Nº 26834, Ley de Áreas Naturales Protegidas, establece que la Autoridad Nacional aprobará un Plan Maestro por cada Área Natural Protegida, el mismo que constituye el documento de planificación de más alto nivel con el que cuenta cada Área Natural Protegida, y que deberá ser elaborado bajo procesos participativos, y revisado cada cinco (5) años;

 

Que, el inciso b) del Artículo 74º del Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, concordante con el Artículo 15° de la Resolución Presidencial N° 144-2010-SERNANP, que aprueba las Disposiciones Complementarias para el Reconocimiento de las Áreas de Conservación Privada, señala que dentro de los noventa (90) días de llevado a cabo el reconocimiento del Área de Conservación Privada, el propietario deberá presentar ante el SERNANP, el Plan Maestro correspondiente, para su aprobación;

 

Que, el inciso n) del Artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del SERNANP, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2008-MINAM, señala que es función del Presidente del Consejo Directivo aprobar los Planes Maestros de las Áreas de Conservación Privada;

 

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 118-2010-MINAM, publicada con fecha 08 de julio de 2010, se reconoció el Área de Conservación Privada Tilacancha, sobre una superficie total de seis mil ochocientas hectáreas y cuatro mil ochocientos metros cuadrados (6 800, 48 ha), de los predios de propiedad de las Comunidades Campesinas de Levanto y de San Isidro del Mayno, ubicados en los distritos de Levanto y San Isidro del Mayno, respectivamente, provincia de Chachapoyas y departamento de Amazonas;

 

Que, según se concluye en los Informes del visto, la propuesta del Plan Maestro del Área de Conservación Privada Tilacancha, cumple con los criterios y lineamientos básicos para la elaboración de planes maestros en Áreas Naturales Protegidas, y asimismo la zonificación planteada por el propietario se encuentra acorde con la normativa correspondiente a la materia;

 

Con las visaciones de la Oficina de Asesoría Jurídica, de la Dirección de Desarrollo Estratégico y de la Secretaría General, y;

 

En uso de las facultades conferidas mediante el inciso n) del Artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del SERNANP, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2008-MINAM.

 

SE RESUELVE:

 

Artículo 1º.- Aprobar el Plan Maestro del Área de Conservación Privada Tilacancha por el periodo 2012 – 2017, el mismo que se encuentra contenido en el Anexo que forma parte de la presente Resolución.

 

Artículo 2°.- Publicar la presente Resolución en la página web institucional: www.sernanp.gob.pe.

 

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PEDRO GAMBOA MOQUILLAZA

Jefe

Resolución Presidencial N° 152-2012-SERNANP

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