7 de enero 2009
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Decreto Supremo N°001-2009- MINAM
Aprueban Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA
06 de enero de 2009
Aprueban Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA
DECRETO SUPREMO N°001-2009- MINAM
ELPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo N° 1013 del 13 de mayo de2008, se preó el Organismo de Evaluación y, Fiscalización Ambiental – OEFA comoorganismo público técnico especializado, con personería jurídica de derechopúblico interno, constituyéndose en pliego presupuestal, adscrito al Ministeriodel Ambiente;
Que, de conformidad a la Séptima DisposiciónComplementaria y Final del Decreto Legislativo N° 1013, resulta necesarioaprobar el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Evaluación yFiscalización” Ambiental – OEFA;
Con la opinión favorable de la Secretaría de GestiónPública de la Presidenciadel Consejo de Ministros y de conformidad con lo establecido por la Ley N° 29158, Ley Orgánicadel Poder Ejecutivo, y en el Decreto Supremo; N° 043-2006-PCM; Con el votoaprobatorio del Consejo de Ministros;
DECRETA:
Artículo 1°.- Aprobación del Reglamento deOrganismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental -OEFA
Apruébese el Reglamento de Organización y Funciones – ROFdel Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA, el cual consta decinco (5) títulos, treinta y un (31) artículos y una (1) disposicióncomplementaria final.
Articulo 2°.- Publicación
El Reglamento de Organización y Funciones del Organismo deEvaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA, aprobado por el artículo 1° precedente,será publicado en el Portal del Estado Peruano (www.peru.qob.pe) yen el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente (www.minam.qob.pe), en tanto no seimplemente el portal institucional del OEFA.
Artículo 3°.- Refrendo
El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro del Ambiente.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA
Única.- Aprobación del CAP
Facúltese al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental- OEFA, para proponer su Cuadro de Asignación de Personal (CAP) en un plazo nomayor de tres (3) meses contados a partir de la entrada en vigencia delpresente dispositivo.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL
Única.- Vigencia
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los seis días del mes de enero del año dos mil nueve.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
ANTONIO JOSÉ BRACK EGG
Ministro del Ambiente
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