7 de enero 2009

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Decreto Supremo N°001-2009- MINAM

Aprueban Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA

06 de enero de 2009 

Aprueban Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA

DECRETO SUPREMO N°001-2009- MINAM

ELPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo N° 1013 del 13 de mayo de2008, se preó el Organismo de Evaluación y, Fiscalización Ambiental – OEFA comoorganismo público técnico especializado, con personería jurídica de derechopúblico interno, constituyéndose en pliego presupuestal, adscrito al Ministeriodel Ambiente;

Que, de conformidad a la Séptima DisposiciónComplementaria y Final del Decreto Legislativo N° 1013, resulta necesarioaprobar el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Evaluación yFiscalización” Ambiental – OEFA;

Con la opinión favorable de la Secretaría de GestiónPública de la Presidenciadel Consejo de Ministros y de conformidad con lo establecido por la Ley N° 29158, Ley Orgánicadel Poder Ejecutivo, y en el Decreto Supremo; N° 043-2006-PCM; Con el votoaprobatorio del Consejo de Ministros;

DECRETA:

Artículo 1°.- Aprobación del Reglamento deOrganismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental -OEFA

Apruébese el Reglamento de Organización y Funciones – ROFdel Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA, el cual consta decinco (5) títulos, treinta y un (31) artículos y una (1) disposicióncomplementaria final.

Articulo 2°.- Publicación

El Reglamento de Organización y Funciones del Organismo deEvaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA, aprobado por el artículo 1° precedente,será publicado en el Portal del Estado Peruano (www.peru.qob.pe) yen el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente (www.minam.qob.pe), en tanto no seimplemente el portal institucional del OEFA.

Artículo 3°.- Refrendo

El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro del Ambiente.

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA

Única.- Aprobación del CAP

Facúltese al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental- OEFA, para proponer su Cuadro de Asignación de Personal (CAP) en un plazo nomayor de tres (3) meses contados a partir de la entrada en vigencia delpresente dispositivo.

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL

Única.- Vigencia

La presente norma entrará en vigencia al día siguiente de supublicación en el Diario Oficial El Peruano y en los portales institucionalesreferidos en el artículo 2° del presente Decreto Supremo.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los seis días del mes de enero del año dos mil nueve.

 

ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República

ANTONIO JOSÉ BRACK EGG
Ministro del Ambiente

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Decreto Supremo N°001-2009- MINAM

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