16 de abril 2010

Categorías: Gestión Participativa, Contratos de administración

Resolución Directoral Nº 014-2010-SERNANP-DGANP

Formaliza la Adjudicación de la Buena Pro otorgada a favor del Centro de Estudios y Promoción del Desarrollo – DESCO y la Cámara Nacional de la Producción y el Emprendimiento – CANPRODEM del Contrato de Administración del Bosque de Protección San Matías – San Carlos

14 de abril de 2010

Formalizan adjudicación de la buena pro y disponen la suscripción del Contrato de Administración del Bosque de Protección San Matías – San Carlos

R.D. Nº 014-2010-SERNANP-DGANP 

Lima, 22 de marzo de 2010

 

VISTO:

 

El Informe Nº 01-2010-SERNANP-DGANP-CAH-BPSMSC, de fecha 29 de enero del 2010, de la Comisión Ad Hoc encargada de dirigir el “Procedimiento de Otorgamiento Directo” para el Contrato de Administración del Bosque de Protección San Matías – San Carlos e Informe Nº 102-2010-SERNANP-DGANP de fecha 16 de marzo del 2010, de la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas;

 

CONSIDERANDO:

 

Que, conforme a lo establecido en el numeral 2) de la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1013, se creó el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SERNANP, como organismo público técnico especializado con personería jurídica de derecho público interno, constituyéndose en pliego presupuestal adscrito al Ministerio del Ambiente;

Que, el numeral 2) de la Tercera Disposición Complementaria Final del precitado Decreto Legislativo, señala que toda referencia hecha al Instituto Nacional de Recursos Naturales – INRENA o a la Intendencia de Áreas Naturales Protegidas o a las competencias funciones y atribuciones respecto a las Áreas Naturales Protegidas, una vez culminado el proceso de fusión se entenderá como efectuada al SERNANP

Que, la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo Nº 1013 establece que hasta que se apruebe el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio del Ambiente, mantienen su vigencia los procedimientos aprobados en los textos únicos ordenados de procedimientos administrativos, de las entidades fusionadas o adscritas al Ministerio, así como aquellas funciones transferidas;

Que, el artículo 8 de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, dada por Ley Nº 26834, y el artículo 6 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2001-AG, precisan que el INRENA, ahora SERNANP, constituye el ente rector del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SINANPE, teniendo entre sus funciones la de aprobar las normas administrativas necesarias para la gestión y desarrollo de las Áreas Naturales Protegidas

Que, el artículo 17 de la Ley Nº 26834 establece que el Estado reconoce y promueve la participación privada en la gestión de las Áreas Naturales Protegidas, pudiendo para ello suscribir u otorgar sea por el INRENA u otras autoridades competentes; según sea el caso, los denominados Contratos de Administración del Área;

Que, asimismo, el artículo 119 del Reglamento de la precitada Ley, establece que los Contratos de Administración se otorgan mediante concurso de méritos de carácter público, convocado por el INRENA, ahora SERNANP, de oficio o a pedido de parte para las Áreas Naturales Protegidas del SINANPE o por los Gobiernos Regionales para las Áreas de Conservación Regional; debiendo las Bases del Concurso, en ambos casos, sujetarse a lo establecido por la Ley, el Reglamento, el Plan Director y el Plan Maestro del Área Natural Protegida, de existir éste;

Que, mediante Resolución Jefatural Nº 210-2005-INRENA se aprueba las “Disposiciones Complementarias al Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas en materia de Contratos de Administración” con el objeto de regular la modalidad del contrato de administración prevista en el inciso a) del artículo 17 de la Ley de Áreas Naturales Protegidas y desarrollada en el Subcapítulo I del Capítulo IV del Título Tercero del Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas;

Que, el artículo 8 de la Resolución Jefatural precitada establece que toda persona en forma individual o asociada que cumpla con los requisitos mínimos establecidos en el artículo 118 del Reglamento de la Ley y las Disposiciones Complementarias aprobadas, podrá solicitar el otorgamiento de un Contrato de Administración indicando, entre otros aspectos, la modalidad de contrato y plazo de vigencia por el cual lo solicita, presentando los requisitos establecidos en la normatividad vigente;

Que, mediante Resolución Suprema Nº 0101-87-AG/DGFF del 20 de marzo de 1987, se estableció el Bosque de Protección San Matías – San Carlos ubicado en el departamento de Pasco, provincia de Oxapampa, en los distritos de Palcazú, Puerto Bermúdez y Villa Rica;

Que, con fecha 25 de mayo del 2009 el Centro de Estudios y Promoción del Desarrollo – DESCO solicita el Contrato de Administración del Bosque de Protección San Matias – San Carlos cumpliendo con los requisitos establecidos en el artículo 118 del Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, el artículo 8 de las Disposiciones Complementarias aprobadas mediante Resolución Jefatural Nº 210-2005-INRENA, y con los requisitos especificados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del INRENA, ahora SERNANP, para el Procedimiento Nº 9 “Evaluación de solicitud de parte para un Contrato de Administración parcial o total de Áreas Naturales Protegidas del SINANPE, con personas jurídicas sin fines de lucro, de derecho privado”, según lo señalado en el Informe Nº 190-2009-SERNANP-DGANPUCA del 5 de junio del 2009; en tal sentido, y de conformidad con el artículo 10 de las Disposiciones Complementarias, se comunica al interesado mediante Carta Nº 107-2009-SERNANP-DGANP el 5 de junio del 2009 el trámite de su solicitud Mediante carta s/n recepcionada el 21 de Julio del 2009 la Cámara Nacional de la Producción y el Emprendimiento – CANPRODEM solicita la apertura de un concurso público de méritos, dentro de los 30 días de la publicación del aviso de la solicitud del contrato de administración presentado por DESCO;

Que, mediante Resolución Directoral Nº 026-2009-SERNANP-DGANP de fecha 3 de septiembre del 2009 se dio inicio al “Procedimiento del Concurso Público de Méritos” del Contrato de Administración del Bosque de Protección San Matías – San Carlos;

Que, mediante Resolución Directoral Nº 032-2009-SERNANP-DGANP de fecha 17 de septiembre del 2009 se conforma la Comisión Ad Hoc, encargada de conducir el proceso de otorgamiento del Contrato de Administración del Bosque de Protección San Matías – San Carlos;

Que, los postores al momento de formular sus propuestas técnicas financieras lo hacen en forma conjunta, comprometiéndose en caso de obtener la Buena Pro a formalizar un Contrato de Consorcio, para la provisión correcta y oportuna de las obligaciones y compromisos contraídos a través del Contrato de Administración del Bosque de Protección San Matías – San Carlos;

Que en virtud a las atribuciones conferidas a dicha Comisión mediante Resolución Jefatural Nº 210-2005-INRENA y Resolución Directoral Nº 026-2009-SERNANP-DGANP, se procede a la evaluación de la propuesta presentada, bajo los criterios de evaluación y términos de referencia aprobados para tal efecto, adjudicando la Buena Pro al Centro de Estudios y Promoción del Desarrollo – DESCO y la Cámara Nacional de la Producción y el Emprendimiento – CANPRODEM, lo cual consta en Acta de fecha 29 de enero del 2010;

Que, asimismo, mediante Informe Nº 01-2010-SERNANP-DGANP-CAH-BPSMSC la Comisión Ad Hoc informa sobre las actividades realizadas a mérito de las facultades concedidas, debiéndose formalizar la adjudicación de la Buena Pro mediante Resolución Directoral del Director de Gestión de Áreas Naturales Protegidas conforme lo establece el artículo 18 numeral 1 de la Resolución Jefatural Nº 210-2005-INRENA y en mérito a las acultades otorgadas mediante Resolución Presidencial Nº 075-2009-SERNANP;

 

En uso de las atribuciones conferidas por los artículos 3, incisos c) y j) y 23 inciso n) del Reglamento de Organización y Funciones del SERNANP, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2008-MINAM y en mérito a las facultades otorgadas mediante Resolución Presidencial Nº 075-2009-SERNANP del 17 de abril del 2009.

SE RESUELVE:

 

Artículo 1.- Formalizar la Adjudicación de la Buena Pro otorgada a favor del Centro de Estudios y Promoción del Desarrollo – DESCO y la Cámara Nacional de la Producción y el Emprendimiento – CANPRODEM del Contrato de Administración del Bosque de Protección San Matías – San Carlos, en la modalidad señalada en el numeral 5, inciso a) del artículo 3 de la Resolución Jefatural Nº 210-2005-INRENA.

 

Artículo 2.- Proceder a la suscripción del Contrato de Administración del Bosque de Protección San Matías – San Carlos en la modalidad señalada en el numeral 5 inciso a) del artículo 3, de la Resolución Jefatural Nº 210-2005-INRENA entre el SERNANP y el consorcio que conformarán el Centro de Estudios y Promoción del Desarrollo – DESCO y la Cámara Nacional de la Producción y el Emprendimiento – CANPRODEM, debiendo elevarse a Escritura Pública para su inscripción en los Registros Públicos, bajo sanción de nulidad.

 

Regístres e y comuníquese.

 

MARCOS PASTOR ROZAS

Director (e) de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado

Resolución Directoral Nº 014-2010-SERNANP-DGANP

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