24 de febrero 2014
Categorías: Normas Generales sobre Ambiente
Disponen la publicación de la “Estrategia Nacional de Diversidad Biológica al 2021 - Plan de Acción 2014 - 2018”, así como Proyecto de Decreto Supremo, en el portal web institucional del Ministerio del Ambiente
Disponen la publicación de la “Estrategia Nacional de Diversidad Biológica al 2021 – Plan de Acción 2014 – 2018”, así como Proyecto de Decreto Supremo, en el portal web institucional del Ministerio del Ambiente
Disponen la publicación de la “Estrategia Nacional de Diversidad Biológica al 2021 – Plan de Acción 2014 – 2018”, así como Proyecto de Decreto Supremo, en el portal web institucional del Ministerio del Ambiente
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 050-2014-MINAM
Lima, 24 de febrero de 2014
Vistos, el Memorándum N° 065-2014-VMDERN/ MINAM de 05 de febrero de 2014, del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales; el Informe N° 028-2014-DGDB/DVMDERN/MINAM de 03 de febrero de 2014, de la Dirección General de Diversidad Biológica; y, demás antecedentes; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 68° de la Constitución Política del Perú establece que es obligación del Estado promover la conservación de la diversidad biológica y de las áreas naturales protegidas;
Que, mediante Resolución Legislativa Nº 26181, se aprueba el Convenio sobre Diversidad Biológica, adoptada en Río de Janeiro el 5 de junio de 1992 y suscrito el 12 de junio de 1992, el cual establece que cada Parte Contratante, con arreglo a sus condiciones y capacidades particulares, elaborará estrategias, planes o programas nacionales para la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica o adaptará para ese fin las estrategias, planes o programas existentes, que habrán de reflejar, entre otras cosas, las medidas establecidas en dicho Convenio, que sean pertinentes para la Parte Contratante interesada;
Que, el artículo 8° de la Ley N° 26839, Ley sobre la Conservación y Aprovechamiento Sostenible de la Diversidad Biológica, señala que la estrategia, programas y planes de acción para la conservación y utilización sostenible de la diversidad biológica se formularán a través de procesos participativos y sus resultados se incorporarán en los planes y políticas nacionales, siendo de cumplimiento prioritario;
Que, mediante el Decreto Supremo N° 102-2001- PCM, se aprueba la Estrategia Nacional de la Diversidad Biológica del Perú, como documento formal y guía para la planificación y gestión de la diversidad biológica del país;
Que, de acuerdo al literal m) del artículo 7º del Decreto Legislativo Nº 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, este Ministerio tiene, como función específica, formular y proponer la política y las estrategias nacionales de gestión de los recursos naturales y de la diversidad biológica;
Que, la Política Nacional del Ambiente, aprobada mediante Decreto Supremo N° 012-2009-MINAM, consigna entre los Lineamientos de Política del Eje 1 “Conservación y Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales y de la Diversidad Biológica”, referidos a la diversidad biológica, el de impulsar el diseño e implementación de estrategias para la gestión sostenible de la diversidad biológica, incluyendo el desarrollo de alianzas público-privadas, bajo criterios de conectividad y complementariedad.
Que, en la Decisión X/2 de la Décima Reunión de la Conferencia de las Partes del Convenio sobre la Diversidad Biológica, se adoptó el Plan Estratégico para la Diversidad Biológica 2011-2020 y las Metas de Aichi para la Diversidad Biológica, y se instó a las partes y otros gobiernos a que revisen, actualicen y modifiquen, según proceda, sus estrategias y planes de acción nacionales en materia de diversidad biológica, con arreglo al citado Plan Estratégico;
Que, en ese contexto, de acuerdo a los documentos del visto, el Ministerio del Ambiente, en coordinación con la Comisión Nacional de Diversidad Biológica, ha elaborado la “Estrategia Nacional de Diversidad Biológica al 2021 – Plan de Acción 2014-2018”, propuesta que previa a su formal aprobación, requiere ser puesta en conocimiento del público para recibir opiniones y sugerencias de los interesados, conforme a lo establecido en el artículo 39° del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2009- MINAM; por lo que corresponde emitir la presente resolución;
Con el visado del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, de la Secretaria General, de la Dirección General de Diversidad Biológica, y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con la Ley N° 26839, Ley sobre la Conservación y Aprovechamiento Sostenible de la Diversidad Biológica, el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, y el Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM, Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales.
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Disponer la publicación de la “Estrategia Nacional de Diversidad Biológica al 2021 – Plan de Acción 2014 – 2018”, así como el respectivo Proyecto de Decreto Supremo de aprobación, en el Portal Web Institucional del Ministerio del Ambiente, a fin de recibir las opiniones y sugerencias de los interesados, por un plazo de veinte (20) días hábiles, contados a partir de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 2º.- Las sugerencias y comentarios sobre el proyecto normativo, señalado en el artículo 1º de la presente resolución, deberán ser remitidas, por escrito, al Ministerio del Ambiente, cuya sede central se encuentra ubicada en la Avenida Javier Prado Oeste Nº 1440, San Isidro – Lima, o a la dirección electrónica epanb@minam. gob.pe
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MANUEL PULGAR-VIDAL OTÁLORA
Ministro del Ambiente
1054607-1