15 de julio 2009

Categorías: Planificación

Resolución Presidencial Nº 113-2009-SERNANP

Plan Maestro del Área de Conservación Privada “Bosque Nublado”

03 de junio de 2010

Aprueban Plan Maestro del Área de Conservación Privada “Bosque Nublado” en el departamento de Cusco 

RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL Nº 113-2009-SERNANP

Lima, 15 de julio de 2009

VISTO:

El Informe Nº 041-2009-SERNANP-DDE, que sustenta la conformidad de la propuesta del Plan Maestro del Área de Conservación Privada “Bosque Nublado”, alcanzada por el representante legal de dicha Área de Conservación Privada con fecha 30 de julio de 2008;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 68 de la Constitución Política del Perú establece que es obligación del Estado, promover la conservación de la diversidad biológica y de las Áreas Naturales Protegidas;

Que, el artículo 3 de la Ley Nº 26834 – Ley de Áreas Naturales Protegidas – establece que las Áreas Naturales Protegidas pueden ser, las de administración nacional que conforman el Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SINANPE, las de administración regional, denominadas Áreas de Conservación Regional, y las de administración privada denominadas las Áreas de Conservación Privada;

Que, de acuerdo a la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo 1013 se aprueba la fusión de la Intendencia de Áreas Naturales Protegidas – IANP – del Instituto Nacional de Recursos Naturales – INRENA con el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SERNANP, siendo este último el ente incorporante, por lo que toda referencia hecha al INRENA o a la IANP en las competencias, funciones y atribuciones respecto a las Áreas Naturales Protegidas, se entenderá como efectuadas al SERNANP;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 038-2008-AG, se reconoció el Área de Conservación Privada “Bosque Nublado” sobre una superficie de 3,353.88 ha, ubicado en el Distrito de Kcosñipata, Provincia de Paucartambo, Departamento de Cusco;

Que, la Ley Nº 26834, Ley de Áreas Naturales Protegidas, establece en su artículo 18, que las Áreas Naturales Protegidas contarán con documentos de planificación de carácter general y específicos por tipo de recurso y actividad aprobados por el SERNANP, con participación de los sectores correspondientes, los que constituyen normas de observancia obligatoria para cualquier actividad que se desarrolle a su interior;

Que, Ley Nº 26834, en su artículo 20, establece igualmente que la autoridad nacional aprobará un plan maestro para cada área natural protegida, el cual constituye el documento de planificación de más alto nivel de las mismas, en éste se define la zonificación, estrategias y políticas generales para la gestión del área;

Que, el inciso b) del artículo 74 del Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2001-AG, establece que es obligación del propietario del Área de Conservación Privada-ACP, entre otros, presentar para su aprobación por el SERNANP, el Plan Maestro del Área;

Que, el artículo 12 de las Disposiciones Complementarias para el Reconocimiento de las Áreas de Conservación Privada, aprobadas por Resolución Jefatural Nº 203-2006-INRENA, menciona que el propietario del predio reconocido como Área de Conservación Privada está obligado a la presentación del Plan Maestro dentro de los noventa (90) días contados desde la fecha de publicación de la Resolución Ministerial de reconocimiento;

Que, el Reglamento de Organización y Funciones del SERNANP aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2008-MINAM, establece en el inciso e) del artículo 3 que el SERNANP tiene como una función general el aprobar los instrumentos de gestión y planificación de las Áreas Naturales Protegidas de Administración Nacional y de las Áreas de Conservación Privada, como son el Plan Maestro, los Planes específicos y otros establecidos en la ley;

Que, el representante legal del Área de Conservación Privada “Bosque Nublado” presentó la propuesta del Plan Maestro de dicha Área de Conservación Privada, habiéndose procedido a su evaluación, la cual mediante Informe Nº 041-2009-SERNANP-DDE, concluye que el Plan Maestro presentado, cumple con los requerimientos técnicos para ser aprobado, recomendando en consecuencia su aprobación mediante la respectiva Resolución Presidencial;

Que, en la norma citada en el párrafo anterior, establece en el literal n) del artículo 11 que es función de la Presidencia del Consejo Directivo del SERNANP, aprobar los planes maestros de las Áreas de Conservación Privada;

De conformidad con lo establecido en el literal g) del artículo 8 de la Ley de Áreas Naturales Protegidas; y,

En uso de las facultades otorgadas mediante el literal n) del artículo 11, del Reglamento de Organización y Funciones del SERNANP, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2008-MINAM;

SE RESUELVE

Artículo 1.- Apruébese el Plan Maestro del Área de Conservación Privada “Bosque Nublado”, sobre una superficie de 3,353.88 ha, ubicado en el Distrito de Kcosñipata, Provincia de Paucartambo, Departamento de Cusco, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución, como instrumento de gestión y planificación para el desarrollo de las actividades dentro de la mencionada Área.

Regístrese y comuníquese.

LUIS ALFARO LOZANO

Jefe

Servicio Nacional de Áreas Naturales

Protegidas por el Estado

 

Resolución Presidencial Nº 113-2009-SERNANP

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