31 de mayo 2013

Categorías: Planificación

Resolución Presidencial Nº 90-2013-SERNANP

Aprobar la actualización del Plan Maestro de la Reserva Nacional de Lachay por el periodo 2013-2018

Aprueban actualización del Plan Maestro de la Reserva Nacional de Lachay, por el período 2013 – 2018

 

RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL

Nº 90-2013-SERNANP

 

Lima, 30 de mayo de 2013

 

VISTO:

 

El Informe Nº 005-2013-SERNANP-DDE-DGANP, de fecha 27 de mayo de 2013, mediante el cual la Dirección de Desarrollo Estratégico y la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SERNANP, dan su conformidad a la propuesta de actualización del Plan Maestro de la Reserva Nacional de Lachay, período 2013 – 2018.

 

CONSIDERANDO:

 

Que, el artículo 68º de la Constitución Política del Perú establece que es obligación del Estado promover la conservación de la diversidad biológica y de las Áreas Naturales Protegidas;

 

Que, a través del numeral 2 de la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, se crea el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SERNANP, el mismo que se constituye en el ente rector del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SINANPE, y en su autoridad técnico-normativa;

 

Que, mediante Decreto Supremo N° 310-77-AG de fecha 21 de junio de 1977, se declara la Reserva Nacional de Lachay, sobre una superficie de cinco mil setenta hectáreas (5,070 ha), ubicada en la provincia de Chancay, departamento de Lima;

 

Que, de conformidad con el inciso g) del artículo 8º de la Ley Nº 26834, Ley de Áreas Naturales Protegidas, es función del SERNANP, aprobar los Planes Maestros de las Áreas Naturales Protegidas;

 

Que, el artículo 18° de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, establece que las Áreas Naturales Protegidas contarán con documentos de planificación de carácter general y específico, por tipo de recurso y actividad, aprobados por el SERNANP con la participación de los sectores competentes correspondientes, los mismos que una vez aprobados constituyen normas de observancia obligatoria para cualquier actividad que se desarrolle dentro del área;

 

Que, el artículo 20º de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, establece que la Autoridad Nacional aprobará  un Plan Maestro por cada Área Natural Protegida, el mismo que constituye el documento de planificación de más alto nivel con el que cuenta cada Área Natural Protegida, y que deberá ser elaborado bajo procesos participativos, y revisado cada cinco (5) años;

 

Que, el numeral 1.5 del artículo 1° del Decreto Supremo N° 008-2009-MINAM, establece que el proceso de elaboración de los Planes Maestros y en particular su zonificación, debe obligatoriamente considerar que el establecimiento de las Áreas Naturales Protegidas no tiene efectos retroactivos ni afecta los derechos adquiridos con anterioridad a la creación de las mismas;

 

Que, mediante Resolución Directoral Nº 007-2009- SERNANP-DDE de fecha 21 de julio de 2009, se aprueban los Términos de Referencia para la actualización del Plan Maestro de la Reserva Nacional de Lachay;

 

Que, a través de un amplio proceso participativo de las instituciones y organizaciones a través del Comité de Gestión, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 37.4 del Decreto Supremo N° 038-2001-AG Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, se ha elaborado la propuesta de actualización del Plan Maestro, período 2013-2018, de la Reserva Nacional de Lachay, la misma que ha sido propuesta para su aprobación;

 

Que, según se concluye en el documento del visto, la propuesta de actualización del Plan Maestro, período 2013-2018, de la Reserva Nacional de Lachay, ha sido elaborada de acuerdo a lo establecido en la Ley de Áreas Naturales Protegidas, su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 038-2001-AG y en los Términos de Referencia aprobados por Resolución

Directoral Nº 007-2009-SERNANP-DDE; Con las visaciones de la Oficina de Asesoría Jurídica, de la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas, de la Dirección de Desarrollo Estratégico, y de la Secretaría General, y;

 

De conformidad con las atribuciones conferidas en el inciso m) del artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones del SERNANP, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2008-MINAM.

 

SE RESUELVE:

 

Artículo 1º.- Aprobar la actualización del Plan Maestro de la Reserva Nacional de Lachay, por el período 2013- 2018, como documento de planifi cación de más alto nivel de la referida Área Natural Protegida, cuyo texto consta en el Anexo 1, el cual forma parte integrante de la presente Resolución.

 

Artículo 2º.- Establecer la nueva delimitación de la zona de amortiguamiento de la Reserva Nacional de Lachay, contenida en la actualización del Plan Maestro, definida en la memoria descriptiva y en el mapa base, que consta como Anexo 2, el cual forma parte integrante de la presente Resolución.

 

La versión oficial digital de los límites se encuentra en el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SERNANP, y constituye en lo sucesivo el documento oficial al que deberá recurrirse en materia de ordenamiento territorial.

 

Articulo 3°.- Encargar a la Jefatura de la Reserva Nacional de Lachay, velar por la implementación del referido Plan Maestro.

 

Artículo 4°.- Publicar la presente Resolución, la memoria descriptiva y el mapa base de la zona de amortiguamiento de la Reserva Nacional de Lachay en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal Institucional del SERNANP: www.sernanp.gob.pe, en el que además deberá publicarse el texto del Plan Maestro.

 

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PEDRO GAMBOA MOQUILLAZA

Jefe

 

MEMORIA DESCRIPTIVA DE LA ZONA DE AMORTIGUAMIENTO

 

Nombre: Reserva Nacional Lachay

Límites: La demarcación de los límites se realizó en base a la Carta Nacional de escala 1/25,000, preparada y publicada por el PETT, utilizando la información siguiente:

 

Código               Datum                  Zona

23i -III- SE            WGS 84                18

23i -III- SO           WGS 84                18

23i -III- NE           WGS 84                18

23i -III- NO          WGS 84                18

 

Complementada con el uso de Imágenes de Satélite y encontrándose toda la información en formato digital y georeferenciada.

 

Ubicación política: Se realizó en base a la información elaborada por el Instituto Nacional de Estadística e Informática-INEI.

 

Distrito  Provincia Departamento

Huacho   Huaura                 Lima

Huaral   Huaral                     Lima

Chancay Huaral                    Lima

 

Norte

Se inicia en el punto de referencia Nº 1 ubicado en la zona noroeste del ANP, se continúa en dirección este hasta llegar a la desembocadura de una quebrada sin nombre; se prosigue aguas arriba por la misma quebrada hasta su naciente y se continúa en dirección noreste hasta llegar a la cima del Cerro Pelado donde se ubica el punto N° 2. Se continua por la divisoria de aguas en dirección sureste hasta llegar al punto N° 3 ubicado en la naciente de una quebrada sin nombre; se prosigue por la misma quebrada aguas abajo hasta llegar al punto N° 4; luego se continua en línea recta y en dirección sureste hasta llegar al punto N° 5 ubicado sobre la vía asfaltada.

 

Este

Se inicia en el punto N° 5 y se prosigue por la vía asfaltada en dirección suroeste hasta llegar al punto N° 6 ubicado sobre la misma vía, el límite continúa mediante línea recta y en dirección sureste hasta llegar al punto N° 7; se prosigue mediante línea recta en dirección suroeste, pasando por el punto N° 8 hasta llegar al punto N° 9.

 

Sur

Desde el punto N° 9 el límite continúa mediante línea recta y en dirección suroeste pasando  por los puntos N° 10 y N° 11 hasta llegar al punto N° 12, luego se prosigue en línea recta y en dirección noroeste pasando por el punto N° 13 hasta llegar al punto N° 14.

 

Oeste

Desde el punto N° 14 el límite continúa en línea recta y en dirección norte hasta llegar al punto N° 15 ubicado en la Pampa Doña María; luego se continua en línea recta y en dirección noroeste hasta llegar al punto Nº 16, se prosigue en dirección noreste hasta llegar al punto N° 1,inicio de la presente memoria descriptiva.

 

COORDENADAS UTM

Punto

Referencial

Este Norte

 

1 238 148,8436 8 745 762,4376
2 241 743,5534 8 747 846,1888
3 243 300,1549 8 747 496,9076
4 245 415,6801 8 746 027,8226
5 245 608,1791 8 745 980,6918
6 245 502,8647 8 745 518,2131
7 247 722,1247 8 742 659,8593
8 247 184,7569 8 739 821,4562
9 245 453,5440 8 738 019,1885
10 243 406,3703 8 737 550,2441
11 241 645,6162 8 736 264,7687
12 240 960,8633 8 736 159,5373
13 238 602,8082 8 736 936,5935
14 238 049,8049 8 737 857,7293
15 238 251,7622 8 742 175,0145
16 237 196,6521 8 743 828,0702

 

Las coordenadas están expresadas en proyección UTM.

 

El Datum de referencia es el WGS 84, la zona de proyección es la zona 18S

Resolución Presidencial Nº 90-2013-SERNANP

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